Propiedad intelectual e industrial son dos términos que a menudo se emplean de forma intercambiable. Pero quienes así lo hagan, están incurriendo en un error conceptual, pues en el ámbito jurídico se trata de referentes distintos.

Por consiguiente, es importante que, si tienes intereses relacionados con los derechos asociados a estos tipos de propiedad, te informes acerca de cómo defenderlos. En este sentido, puedes recurrir al buen hacer de nuestro abogado de la propiedad intelectual. Presta atención.

Principales diferencias

En primer lugar, has de saber que tanto uno como otro término son usados para proteger los bienes inmateriales. Sin embargo, los que cada uno defiende son de distinta naturaleza.

La propiedad intelectual, por su parte, se refiere, a grandes rasgos, a las creaciones de la mente. Se suele aplicar a las obras artísticas, entendidas estas en un sentido amplio. La creación de una de estas obras ya genera, por sí misma, derechos de autor, tales como los morales, de explotación o patrimoniales y compensatorios. No obstante, si quieres estar más seguro de que van a ser respetados, conviene que realices la inscripción de la obra concreta en el Registro de la Propiedad.

Por otro lado, la propiedad industrial tiene un origen similar al de la propiedad intelectual, puesto que también se asocia a las creaciones humanas. Pero, en estos casos, se vincula a las que tienen una aplicación el sector secundario. Sus derechos quedan consagrados por los registros realizados en la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). Básicamente, se trata de los siguientes: diseños industriales, signos distintivos o nombres comerciales y marcas, modelos de utilidad y patentes y topografías de semiconductores.

En definitiva, la propiedad intelectual e industrial son figuras jurídicas necesarias y que conviene conocer para que las creaciones, respectivamente, artísticas y del sector secundario reciban la protección que merecen. ¡Infórmate!

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