El pasado mes de febrero se presentó la conocida como «reforma Escrivá». Presentada por el ministro de Seguridad Social, incorpora grandes cambios en el cómputo de las pensiones. Obviamente, este es un aspecto que, tarde o temprano, te afectará de manera decisiva. Por tanto, es importante que tengas claras todas las claves.
Periodo de cómputo de las pensiones
La pretensión inicial, como puede que hayas oído, era elevar el periodo de cómputo hasta los 30 años. Sin embargo, esta propuesta quedó descartada por el rechazo de grupos políticos y sindicatos. La principal razón fue que, según el Observatorio de Pensiones WTW, advirtió de que el gasto solo disminuiría en un 0,04 %.
Estas son las claves que explican cómo quedará el panorama a partir de ahora, distribuidas en dos opciones.
- La primera implica que solo se tomen en cuenta los últimos 25 años cotizados para el cálculo de la pensión. Dicho de otro modo, es el mismo sistema de estimación que se ha venido efectuando hasta ahora. Esta opción está a disposición de los trabajadores que se jubilen hasta el año 2044.
- La segunda está basada en el cálculo de los últimos 29 años, desechando los dos con menor cotización (por tanto, 27 años). De esta forma, la propia persona tendrá potestad para escoger cuáles desea tomar como base de cotización. Esta es una opción que, según el propio Gobierno, se considera «a la carta».
Pero ¿qué sucede si, como recién jubilado, no escoges los años en esta segunda alternativa? Será la Seguridad Social quien lo haga basándose en el tramo que resulte más apropiado económicamente para ti.
Como has podido ver, la denominada «reforma Escrivá» impone modificaciones que debes conocer. Nuestro consejo es que las repases todas para que seas consciente de cómo evolucionará la situación. Por lo pronto, no se espera que la edad de jubilación aumente, así que este aspecto seguirá intacto.