Llega una nueva edición de la declaración de la renta y este 2022 viene cargada de novedades. Por ello, en esta publicación queremos centrarnos en dos de las grandes novedades como son los ERTE y el ingreso mínimo vital. ¡Empezamos!
Renta 2022
La campaña de renta arrancó este mes de abril. A partir de ahora ya puedes consultar los datos fiscales de este año, y el borrador. De hecho, ya tienes la posibilidad de presentarla de forma telemática si estás conforme con los datos. En cambio, si tienes alguna duda, siempre puedes esperar a la atención telefónica o presencial.
Recuerda que a partir del mes de mayo y de junio ya podrás reservar una cita con la Agencia Tributaria. El plazo límite para presentar la declaración de la renta será el 30 de junio.
¿Se declaran los ERTE?
Precisamente, los ERTE surgieron a raíz de la pandemia del coronavirus. Muchos negocios se quedaron de la noche a la mañana sin facturación con la que pagar las nóminas de sus empleados. Poco a poco, los trabajadores han ido regresando a la normalidad.
Si has cobrado un ERTE a lo largo del 2021, debes declararlo como un rendimiento de trabajo. La única excepción es si no has alcanzado los 22 000 euros anuales, ya que en ese caso no tienes la obligación de presentar tu declaración si solo tienes un pagador. Sin embargo, en el caso de que te salga a devolver, sí te recomendamos que la presentes.
¿Qué pasa con el Ingreso Mínimo Vital?
El ingreso mínimo vital fue una propuesta del Gobierno para ayudar a aquellas familias con las rentas más bajas. También tributa en el IRPF y debes declararlo.
Como conclusión, el ERTE y el ingreso mínimo vital son dos de las grandes novedades sujetas a tributación que debes tener en cuenta en tu declaración.
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