¿Sabías que existe una pensión de orfandad para mayores de 50 años?

Ante el incremento de personas de la tercera edad en nuestro país, son muchos los hijos que optan por cuidar a sus padres. Esa decisión conlleva con frecuencia un sacrificio personal y económico que la Seguridad Social ha decidido compensar. Te contamos las características y requisitos para obtener una pensión de orfandad para mayores de 50 años.

 

Características de la pensión de orfandad para mayores de 50 años

 

En primer lugar, no debes confundirla con la pensión en favor de familiares, aunque ambas surjan tras un deceso. La de orfandad se justifica por la relación directa de padres e hijos, y exige el cumplimiento de una serie de requisitos tanto por parte del fallecido como del beneficiario.

 

Por otro lado, se trata de una pensión contributiva que se percibe en 14 pagas y, además, distingue entre la simple y absoluta. La primera se produce cuando fallece uno de los progenitores y supone una cuantía aproximada de 250 euros. Por su parte, la absoluta la ocasiona la muerte de ambos y asciende a unos 870 euros.

 

Requisitos de la pensión de huérfanos mayores de 50 años

 

El progenitor finado debe cumplir con las siguientes exigencias:

  • Estar en situación de alta o similar en el momento del fallecimiento.
  • Percibir una pensión contributiva por jubilación o por incapacidad permanente en las modalidades de gran invalidez, total o permanente.
  • Haber cotizado un mínimo de 15 años durante su vida laboral.

 

Entre los requisitos para ser beneficiario destacan los siguientes:

  • No cobrar ninguna prestación, ya sea contributiva o no contributiva.
  • Demostrar la convivencia con el finado durante los dos años previos al deceso.
  • No disponer de ingresos propios superiores al salario mínimo interprofesional.

 

El plazo para solicitar una pensión de orfandad para mayores de 50 años es de tres meses tras el fallecimiento del progenitor. Por tanto, es importante que busques un buen asesoramiento.

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