Es habitual que muchas personas menores de edad o con problemas legales utilicen el DNI de otra persona para intentar acceder a discotecas. Ahora bien, si el portero descubre el engaño, ¿puede retener el DNI? Un abogado penal te lo puede explicar mejor.
Derecho familiar: la retención del DNI por parte de los porteros de discoteca
Lo cierto es que los porteros de discoteca tienen no solo el derecho, sino la obligación de comprobar que en los locales no entran personas menores de edad. Los documentos que se suelen dar por válidos son el DNI o el pasaporte y si no se corresponde con la persona, esta no podrá entrar.
En el caso de que comprueben que un DNI es falso o que se está utilizando un documento que no corresponde, se estaría cometiendo un delito. El portero sí puede retener el documento para informar a la Policía, y solo durante este tiempo. En el caso de que lo quiera retener más tiempo, se le puede denunciar porque es ilegal y se estará extralimitando en el motivo de la retención.
El artículo 400 bis del Código Penal equipara tanto la falsificación como el uso a sabiendas de un documento de identidad falso al delito de falsedad cometido por un particular, castigándolo con de 6 a 12 meses.
Derecho familiar: qué hacer si retienen el DNI de mi hijo
En el derecho familiar es importante indicar que, si tu hijo es menor de edad lo más probable es que no tenga ninguna responsabilidad penal. Ahora bien, en caso de que fuese así piensa que el responsable último puedes ser tú y que es probable que tengas que abonar las responsabilidades civiles, si es que existen.
Conclusión
Un abogado penal te puede ayudar a evitar problemas derivados del uso indebido de un DNI por parte de tus hijos. En Piqueras Asesores y Consultores en Elche te podemos ayudar.
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